La 2CBL 1689 y el Divorcio
Ya han sido varias las ocasiones en las que algunos hermanos Bautistas Reformados me han contactado para preguntarme la razón por la cual la Segunda Confesión Bautista de Londres de 1689 (2CBL 1689) excluyó el tema del Divorcio en el capítulo 25 que trata “Del Matrimonio.”
Y la pregunta específicamente es ésta: ¿Por qué razón cuando comparamos la Confesión de Fe de Westminster (CFW) y la 2CBL 1689 no vemos el tema del divorcio desarrollado en la Confesión Bautista?
Bueno, la pregunta surge porque tendemos a olvidar que los Bautistas Particulares no sólo usaron la CFW para editar la 2CBL 1689. Los Bautistas Particulares tenían a mano gran cantidad de otros documentos, entre ellos, la 1 CBL 1644, la CFW, y la Declaración de Saboya, entre otros.
Ahora, ¿por qué razón saber esto es importante? Bueno, porque al comparar todos esos documentos es claro que los Bautistas Particulares prefirieron seguir el capítulo 25 de la Declaración de Saboya, en lugar de seguir el capítulo 24 de la CFW sobre el matrimonio.
Si nosotros comparamos la Declaración de Saboya de 1658 con la 2CBL 1689 podremos ver que son prácticamente idénticas. El capítulo 24 de la CFW contiene dos párrafos más en donde los Teólogos de Westminster trataron el tema del divorcio.
Entonces, la pregunta es: ¿por qué razón los Bautistas Particulares excluyeron esos dos párrafos de la CFW? ¿Es que acaso no consideraban el divorcio como una posibilidad válida para las personas casadas? ¿O es que había otra razón?
Bueno, lo que debemos tener claro es que, a pesar de que la tasa de divorcios en el siglo XVII no era tan alta como lo es en nuestros tiempos, el adulterio, la fornicación, el abandono, el odio, y el desprecio por su pareja, era tan común en aquellos días como en los nuestros. En ocasiones me parece que tenemos una visión idealizada de la antigüedad, y olvidamos que a lo largo de la historia el hombre ha seguido estando bajo la corrupción del pecado y hasta las perversiones más terribles se han dado en aquellos tiempos como en los nuestros.
Sin embargo, a pesar de que el adulterio y la fornicación, eran tan comunes para nuestros padres en la fe así como en nuestros tiempos, el divorcio no era tan frecuente. ¿Por qué razón? Bueno, porque el Estado era más severo a la hora de otorgar el divorcio a una pareja.
Si revisamos la historia es claro que en el siglo XVII sólo aquellos con poder político o que tuviera contactos en las altas esferas de la sociedad y que estuviera dispuesto a pagar grandes sumas de dinero podía conseguir el divorcio. Y no sólo por adulterio, sino por cualquier causa. Uno de los ejemplos más claros fue el del Rey Enrique VIII, quien estuvo dispuesto a rechazar su religión y abrazar una nueva con el propósito de divorciarse de su esposa para poder casarse con otra mujer.
Ahora, la Declaración de Saboya, que fuera la confesión de Fe de los Congregacionalistas ingleses, liderados por el gran puritano John Owen, decidieron dejar fuera esos dos párrafos sobre el divorcio en su capítulo 25. Y la razón fue la siguiente, como lo escribieron en su prefacio,
También una gran parte del capítulo 24 sobre Matrimonio y Divorcio. Estas eran aseveraciones tan dudosas y tan inconvenientes para una Confesión de Fe, que las Casas Honorables en su gran Sabiduría pensaron era correcto dejarlas fuera.”
Entonces, la razón por la cual la Declaración de Saboya dejó fuera de su confesión los dos párrafos de la CFW sobre el divorcio, no era porque no vieran el divorcio como una posibilidad para las personas, sino porque no consideraban que ese tema fuera apto para una confesión de fe. Las personas tenían tan diversas opiniones al respecto que no era conveniente confesar algo que pudiera traer disensiones entre los hermanos.
De nuevo, los puritanos, a pesar de su alta estima por la institución matrimonial, creían que habían fundamentos en las Escrituras para el divorcio. Por ejemplo, el gran puritano William Perkins, en su comentario sobre el Sermón del Monte, escribió lo siguiente,
Por fornicación, Cristo quiere decir no todo pecado de ese tipo, sino sólo el pecado del adulterio; o aquello que es mayor en ese tipo, esto es, el incesto. El adulterio usen pecado que es cometido por dos partes, uno de los cuales está casado, o prometido a otra persona, como ha sido mostrado antes…Pero la verdad es que la excepción le pertenece a toda la respuesta de nuestro Salvador Cristo, negando el divorcio, excepto únicamente por causa de adulterio; y no permitiendo el matrimonio luego del divorcio, excepto sólo donde el divorcio es por adulterio.” William Perkins. Commentary on the Sermon on the Mount.
William Gouge, otro de los grandes puritanos, en uno de sus tratados sobre los deberes de los esposos y esposas, escribió lo siguiente sobre el pacto matrimonial,
…pero a tales que quebranten la unión de este pacto eterno, y hagan una total deserción, renunciando finalmente a su esposo, o que por su adulterio le hagan darle el divorcio…” William Gouge. Domestical Duties.
El otro ejemplo que deseo recordarles es el de William Ames, uno de los grandes teólogos puritanos, y uno en los que más dependieron los Bautistas Particulares, no sólo para su primera confesión en 1644, sino también para editar la 2CBL 1689. Ames en su Médula de la Divinidad escribió lo siguiente,
El adulterio está más apropiadamente y esencialmente en contra del matrimonio, quebrantando la unión y el pacto de su propia naturaleza; y por lo tanto es la causa más apropiada y justa para el divorcio, el cual no debe ser admitido en lugar de muchos otros pecados, a pesar de que sean más graves.” William Ames. Marros of Divinity. Capítulo XIX. 49
Entonces, si los Bautistas Particulares veían el divorcio de la misma manera en la que lo entendieron los puritanos, ¿por qué razón excluir esos dos párrafos? Bueno, porque para nuestros antepasados Bautistas el matrimonio, a pesar de ser una institución divina era una ordenanza de la Creación, es decir, que le fue dada a toda la humanidad y no sólo a la Iglesia. Y por lo tanto, el matrimonio debía ser regulado por el Estado y no por la Iglesia. Como lo debía ser también el divorcio.
El divorcio es una competencia del Estado (en el caso de nuestros antepasados en el siglo XVII, del Parlamento), no de la Iglesia. Fue por eso que las Asamblea de Westminster inicialmente quiso incorporar ese capítulo en su confesión. Como lo juraron en 1643 para preservar y extender “la religión reformada y trabajar en traer las Iglesias de Dios en los tres reinos (Escocia, Inglaterra e Irlanda) a la más cercana conjunción y uniformidad en esa religión.” Esto porque en el centro estaba la convicción presbiteriana de que la unidad de la sociedad es inherente de la religión y la iglesia.”
En otras palabras, debido a la visión presbiteriana de la iglesia y el Estado, era lógico tratar tanto el tema del matrimonio como el del divorcio.
Sin embargo, debemos tener claro también que luego de haber discutido los párrafos con respecto al divorcio a finales de 1646 el Parlamento le ordenó a la Asamblea omitir los dos últimos párrafos del capítulo 24. Esta fue la versión autorizada por el Parlamento. La versión autorizada de la CFW, entonces, no incluía esos párrafos tampoco. Fue una de las copias no autorizadas la que llegó a Escocia y fue la que se difundió como la CFW actual. Y Saboya se apoyó, entonces, en 1658 de la versión autorizada de la confesión presbiteriana.
En Resumen, la razón por la cual tanto los Congregacionalistas como los Bautistas Particulares incluyeron el tema del matrimonio en sus confesiones fue porque el matrimonio figura a Cristo y a Su iglesia. Es decir, a pesar de ser una ordenanza de la Creación y, por lo tanto, que debe ser regulada por el Estado, en este aspecto el tema del matrimonio sí le compete a una confesión.
Fue por eso que incluyeron los párrafos sobre el matrimonio, pero fue también la razón por la que dejaron fuera el tema del divorcio. De nuevo, no porque no fuera un tema importante, ni porque no creyeran en la legalidad del divorcio, sino porque creyeron que este tema no era apropiado para una confesión de fe, siendo un tema que debía ser regulado por el Estado.
Muy buen artículo pastor. Deseaba preguntarle porque hace la distinción entre puritanos y bautistas particulares, ¿no son los mismos?
Jesús aclara que Fornicación es causante de divorcio. Fornicación significa llegar al orgasmo y derramar la simiente, lo cual está prohibido para el Pueblo de Dios.